Ley de Violencia de Género ¿Incostitucional?

Dicen en la Vanguardia, que la Ley de Violencia de género ya ha acumulado 160 denuncias por incostitucionalidad

La ley

Para quién no conozca esta ley, existen dos cosas bastante llamativas en la misma:

– Primero: Las penas por esta ley solo se aplican en caso de ser hombre el agresor, y son más duras que las aplicadas en caso contrario, donde se aplicaría el código penal normal. Es decir si un hombre pega a una mujer tiene una pena mayor que si una mujer pega a un hombre. Además, y aunque suene un poco a broma, habría que ver como se aplica en caso de matrimonios homosexuales, donde un hombre pega a otro hombre. O una mujer a otra mujer

– Segundo: Si una mujer denuncia a un hombre por malos tratos, este puede ser detenido de forma cautelar, sin pruebas y pasándose por alto, por motivos de seguridad, la presunción de inocencia

Problema

Voy a resumir los problemas que esto trae:

Artículo 14, Constitución española:
Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social

Artículo 1.2, Declaración universal derechos humanos:
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Articulo 24.2, Constitución española:
2. Asimismo, todos tienen derecho … a la presunción de inocencia.

Artículo 9, Declaración universal derechos humanos:
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado

De momento vamos bien. Esta ley vulnera, al menos, dos artículos de la constitución y otros dos de la Declaración de derechos Humanos

Para el resto del artículo voy a dejar aparte los derechos humanos. A fin de cuenta, legalmente la Declaración Universal de los Derechos Humanos no es vinculante ni de obligado cumplimiento, por lo cual, si España quiere ignorar los Derechos Humanos, puede hacerlo (realmente ningún país cumple al 100% los derechos humanos, gracias a cierto artículo que hay por ahí que nadie cumple y del que os hablaré otro día)

Defensa de la Ley

A lo mejor os estais preguntando ¿y como puede ser que una ley anti-constitucional haya salido para adelante? Bueno, sus defensores esgrimen varias razones:

Abuso de fuerza: Hay que proteger a la mujer contra el hombre, porque el hombre es más fuerte, física y económicamente. ( Por cierto, si alguién no está de acuerdo conque el hombre es más fuerte, física y económicamente, no lo digo yo, lo dice el lobby feminista )
Grave problema: La violencia de género es un problema grave contra el que hay que aplicar medidas drásticas, aunque sean discriminatorias.

Contraargumentación

Primero, respecto al abuso de fuerza. Partimos de la base de suponer que todos los hombres son más fuertes que cualquier mujer. Y eso es mucho suponer, por ejemplo, a un piltrafilla como yo, le coge una deportista de competición y me revienta, sin duda.

Pero aparte, no hace falta legislar eso porque ya está legislado. Existe algo que se llama, por ejemplo, agravante por ensañamiento. La ley ya ha previsto los abusos de fuerza.

Segundo, que la mujer es más débil económicamente. La mujer en situación de maltrato, se entiende. Pues señores, ataquen el problema de raiz. Muchas mujeres, sobre todo en niveles sociales bajos, acaban dependiendo del marido al dejar de trabajar para tener hijos. Hagan guarderías públicas y vigilen que las empresas cumplan las bajas de maternidad. Lo que sea, pero no oculten su fracaso o incapacidad a la hora de crear políticas sociales efectivas con leyes penales incostitucionales.

Lo más grave

Pero lo más grave es que se justifique hacer una ley discriminatoria y anticonstitucional por qué el problema es grave. Nunca deberíamos permitir esto. Existe un límite que todo gobierno debe cumplir y es la Constitución. Sobre todo los artículos básicos de derechos y deberes de los ciudadanos.

No podemos, porque si el estado dice: En este caso ignoramos la igualdad de sexo y la presunción de inocencia. En función de una “causa justa”. Pero, ¿y si después el estado considerará que hay más “causas justas” donde incumplir la constitución? Por ejemplo, que en virtud de la lucha contra el terrorismo se puedan ignorar los principios de presunción de inocencia o privacidad. Que en virtud de de “el honor institucional”, se coarte la libertad de opinión.

No, nunca se puede permitir a un gobierno limitar los deréchos básicos. Por muy buena que sea la causa

Y vosotros ¿qué opinais? Por cierto, si estaís a favor de esta ley, os haría la siguiente pregunta. ¿Estás de acuerdo con que se deba permitir que la ley discrime por sexo y, por lo tanto, vulnere la constitución? ¿Estás a favor, por tanto, de que el gobierno pueda recortar los derechos constitucionales cuando así lo considere necesario?

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Comentarios

2 respuestas a «Ley de Violencia de Género ¿Incostitucional?»

  1. Avatar de Librepensador
    Librepensador

    El hombre es más fuerte, razón por la cual siempre se reprime; y la mujer más débil, por lo que siempre ataca con todas sus fuerzas. Fijaos en que digan lo que digan los prejuicios feministas, un hombre siemppre será reticente a agredir a una mujer mientras que esta se creerá con derecho a agredir al hombre sólo porque se le antoja. Es así: la mujer ataca, el hombre como mucho defiende, y en rarísima ocasión veréis que me equivoco. Además, el hombre se limita a un par de guantazos y poco más, la mujer ejerce un brutal maltrato físico, verbal, emocional, psicológico e institucinal, con métodos indirectos para que pueda hacerse la víctima delante de terceros y poder seguir haciendo más daño. Por no hablar de la premeditación, la saña, la alevosía y demás agrabantes normalmente femeninos.
    ¿Qué intento decir con esto? La mujer es como una máquina de destrucción masiva, nunca un hombre podrá devolverle una mínima parte del daño que daño que le ha hecho; así que la absurdez de esta ley es evidente: el varón necesita ser protegido de la mujer.

  2. Avatar de Ocastell
    Ocastell

    Hola,

    mi nombre es O. Castell, de Amposta (Tarragona). Yo también sufro los efectos de esta ley en mis propias carnes. Me explico:

    Soy Doctor en Ciencias Químicas, funcionario del Departamento de Educación. Tengo 41 años. Me casé a los 22 años con mi (todavía) actual mujer (MFM) cuando ella tenía 19 años. Tubimos un noviazgo a la antigua de 4 años. Del matrimonio compartimos 3 hijas de 14, 11 y 4 años. También tenemos una empresa de informática que el día 28 de febrero de 2009 hizo un añito, y que proviene de mi trabajo profesional (aparte del de funcionario). Mi mujer ha trabajado en diversas faenas hasta que montamos la empresa, de la que es administradora única y de la que lleva la contabilidad y los impuestos.

    Durante nuestros 18 años de matrimonio hemos experimentado con el sexo realizando algunos actos atípicos como sadomasoquismo y trios. El caso es que mi mujer, el pasado 4 de marzo me ha denunciado por “malos tratos físicos y psiquicos y por trato dejatorio y degradante”. Según ella, los actos sexuales que hemos practicado durante todo el matrimonio han sido en contra de su voluntad, que se ha visto obligada por muchas y diversas razones que ella expone: que si al principio creía que era normales, que si luego por sus hijas, que si finalmente denunció porque mi hija mallor de 14 años le dijo que me denunciara …

    El caso es que ese mismo día me detuvieron, … ami … una persona honrada, querida en el pueblo, sin ningún vício aparente, que trato con jovenes cada día desde hace 10 años sin haber presentado ningún problema y que mantengo una amistad profunda con mis clientes (los de la empresa) desde hace 9 años. Pasé 36 horas en el calabozo, me interrogaron en el juzgado y el día 5 tenia un papel del juzgado de medidas cautelares en los que asignaban la custodia de mis hijas a mi mujer dejando un régimen de visitas de 1 fin de semana cada 15 días de 10 de la maña a 18:00 de la tarde … increible. Yo sin mis hijas, que me adoran y a las que quiero con locura. Lo más curioso de todo, la casa conyugal me la asignan a mi. El abogado de oficio me dijo que tenía “mucha suerte” … yo no entendía nada.

    Mi mujer presento como pruebas: su declaración, la declaración de mi hija de 14 años y los objectos sadomasoquistas que usabamos en las prácticas.

    El caso está en investigación. Lo denominan previas 19/2009 del juzgado nº 2 de Amposta (43870 Tarragona). Hace ya 5 meses que investigan, ¿el qué? Las pruebas psicotécnicas hechas a mi mujer dicen que lo que ella afirma es subjetivo y que no se pueden demostrar por la investigación medico forense que sean ciertas o falsa sus afirmaciones. Evidentemente no hay lesiones de ningún tipo, de otra forma yo estaría en la carcel. Mi mujer llevaba 7 piercings, 6 de ellos de tipo sexual, y un supertatuaje en el glúteo derecho … evidentemente, todo ello con su consentimiento (no???)

    El caso es que actualmente estamos en proceso de divorcio contencioso. Ella se ha quedado sin la casa, sin la empresa y por tanto con poco poder adquisitivo ya que únicamente le paso 600 € al mes (200 por niña), tal como marca el auto. Cosa curiosa que, tras la petición de divorcio, ni la abogada contraria ni la jueza se dieron cuenta que las medidas cautelares habían caducado (a los 30 días de la petición según me dijo mi abogado). Mi hija mayor, la que llevó a declarar en mi contra al juzgado y que sólo dijo verdades como casas como que nunca discutíamos, que nos tratábamos con cariño y otras cosas … desde el día siguiente a la denuncia de su madre que quiere vivir conmigo y una vez caducadas las medidas pues así lo ha hecho y actualmente está viviendo conmigo … como venganza, mi exmujer no ha respetado el régimen de visitas de las dos pequeñas (estaba en su derecho eso si). Mi hija mayor y yo, para rebajar la tensión con su madre decidimos enviarle un ramo de rosas (18 rosas rojas) con una nota escrita en la que decía que negociaramos el divorcio de mútuo acuerdo para evitar mayores daños a las pequeñas. Ella ha respuesto con otra denuncia … por rompimiento de condena, … yo creía que el auto estaba caducado pero según mi abogado únicamente caducan las medidas civiles no las penales. Mañana tengo el juicio de las “rosas” … que país por favor … como pueden perder el tiempo y el dinero en estas tonterías??

    Bien, el caso es que en 5 meses de investigación no han dicho nada del caso penal. Según el auto: la victima se reitera en su denuncia de que ha sido obligada ha practicar los actos sadomasoquistas durante todo el matrimonio (18 añitos y 4 de novios …). Como defensa hemos presentado fotografías (hay unas 100) y correos electrónicos en los que mi mujer participaba y provocaba los actos sexuales descritos … hace ya más de un mes pero el juzgado no responde. Supongo que esperan al divorcio para archivar el caso.

    No voy a entrar en el por qué lo ha hecho ni nada de eso. Creo que somos todos adultos y es de entender que una vez tomada la decisión de divorciarse cada uno mira su mejor opción … está claro que ella, aconsejada por su abogada, tomó esta decisión y fue a los Mosos de Esquadra a describir en detalle “los actos sexuales sadomasoquistas” que hacíamos en la intimidad … Que vergüenza que paso, imagino! o quizás no, ya que ella era la parte sumisa del juego.

    De ella puedo entender que lo hiciera y la puedo perdonar. Lo que soy incapaz de entender es como toda una señora jueza, de carrera, con experiencia, adulta y se supone que con tablas puede dejar que le metan un gol de esta forma … o es que está colaborando en la causa de divorcio a favor de mi mujer?

    En realidad creo que la ley integral tiene unos fundamentos acertados pero que su aplicación está siendo pésima por parte de los estamentos policiales y judiciales … y los pocos que se atreven (de estos estamentos) a abrir la boca en contra son “automáticament” silenciados. Creo que la mejor forma de luchar contra estos abusos es la vía judicial, cueste lo que cueste: denuncia falsa, malos tratos psíquicos y emocionales en el entorno familiar, daños y perjuicios, prevaricación de los estamentos judiciales …

    Por mi parte estoy dispuesto a poner todas las preuvas de mi caso a su disposición para que se puedan emprender las acciones que correspondan. El caso está también en manos del defensor del pueblo (expediente 09011710).

    Saludos de parte de mi hija Natalia y mios.

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